viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº1969

Regionales | 8 jul 2021

GENERAL LAVALLE

Dos detenidos en un allanamiento donde encuentran los elementos robados hace escasos días en una vivienda

Personal de la DDI logró esclarecer un robo en General Lavalle, a través de un allanamiento donde se secuestraron elementos denunciados y reconocidos por la víctima. Se aprehendió a dos sujetos que fueron notificados de la causa y posteriormente recuperaron la libertad, bajo lo establecido en el articulo 161 del C.P.P.


A partir de una denuncia de un vecino de General Lavalle, quien refiere que sustraen de su domicilio -previo violentar la ventana de su vivienda-, herramientas varias, un bombeador y dos amoladoras, personal de la DDI Sub delegación La Costa, logra obtener una orden de allanamiento a efectivizarse  en esta localidad, con la intervención de la UFID N° 3 a cargo del magistrado Diego Torres.

Personal de esa dependencia, entonces, realiza el allanamiento en la calle intendente Dumm Nro 934 de Gral. Lavalle, lugar donde se logró el secuestro de dos máquinas agujereadoras, una amoladora, un bombeador, dos camperas, dos reels, una caña de pescar, un perfume, una gorra, todos elementos reconocidos por la víctima como de su propiedad. 

El Ministerio Público Fiscal avaló lo actuado requiriendo la aprehensión de dos sujetos que se encontraban en la vivienda, quienes fueron inputados en la causa con su correspondiente notificación del contenido del artículo 60 del C.P y ordenó su posterior libertad bajo lo estatuido en el art. 161 del C.P.P

¿Qué dice el Código Procesal Penal de Buenos Aires en relacion al art. 161?

Artículo 161. Libertad, facultades del Fiscal
El Fiscal podrá disponer la libertad de quien fuera aprehendido mientras el Juez no hubiere ordenado la detención, cuando estimare que de acuerdo a las circunstancias del caso no solicitará la prisión preventiva.

Si el Juez hubiera ordenado la detención, el Fiscal podrá requerirle que disponga la libertad atento que no pedirá la prisión preventiva, en cuyo supuesto se ordenará la soltura.

En todos los casos, el imputado deberá denunciar su domicilio real antes de ser puesto en libertad, el que no podrá cambiar sin previa comunicación, comprometiéndose a comparecer a cualquier llamado o citación con motivo del trámite del proceso.
 

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