jueves 29 de octubre de 2026 - Edición Nº2885

Regionales | 28 oct 2026

ENERGÍA Y ECONOMÍA FAMILIAR

Cómo acceder al nuevo subsidio al gas tras la eliminación del régimen de Zona Fría

El Gobierno nacional oficializó un esquema de bonificaciones focalizadas que reemplaza el descuento general para 94 distritos bonaerenses. El beneficio será del 20% sobre el consumo base y estará destinado a hogares que cumplan cuatro condiciones para acceder al régimen.


El Gobierno nacional avanzó con la modificación del sistema de subsidios al gas y estableció nuevas condiciones para los usuarios de la provincia de Buenos Aires que dejaron de estar alcanzados por el régimen general de Zona Fría. A partir del nuevo esquema, la bonificación ya no será universal y pasará del 30% al 20%, con aplicación exclusiva sobre el consumo base y no sobre el monto total de la factura.

La medida fue reglamentada por la Secretaría de Energía de la Nación mediante una resolución que establece los criterios de acceso al beneficio y las condiciones para determinar qué hogares podrán recibirlo. De esta manera, las familias de los 94 distritos bonaerenses que perdieron el descuento general deberán cumplir determinados requisitos para acceder al Subsidio Energético Focalizado (SEF).

El cambio se produce luego de la modificación del régimen de Zona Fría, que mantuvo el beneficio territorial para determinadas regiones del país, entre ellas la Patagonia, Malargüe, la Puna y el partido bonaerense de Patagones.

En el resto de los distritos alcanzados por la modificación, la bonificación dependerá de la situación socioeconómica de cada hogar y de la ubicación geográfica del suministro.

Los cuatro requisitos para acceder al descuento

Para obtener la bonificación del 20%, los usuarios deberán cumplir cuatro condiciones de manera simultánea. Sin embargo, dentro del último requisito será suficiente con reunir al menos uno de los criterios socioeconómicos o personales contemplados por la normativa.

1. Estar inscripto en el régimen de subsidios focalizados.

El hogar deberá estar incorporado al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), a través del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF).

2. Residir en una zona bioambiental contemplada por la normativa.

El suministro de gas deberá encontrarse dentro de alguna de las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, establecidas por la Norma IRAM 11.603/12, que determina las características climáticas de distintas regiones del país.

3. No pertenecer a las regiones que conservan el beneficio territorial.

El subsidio focalizado está dirigido a usuarios que no se encuentren comprendidos en las zonas que mantienen la bonificación general, correspondientes a la Patagonia, Malargüe, la región de la Puna y el partido de Patagones.

4. Cumplir al menos uno de los criterios socioeconómicos o personales.

La normativa contempla hogares cuyos ingresos netos no superen tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2. También incluye viviendas con integrantes que cuenten con Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP), personas que perciban la pensión vitalicia para veteranos de la Guerra de Malvinas o integrantes con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a la evaluación prevista en la normativa.

Cómo se aplicará la bonificación

El descuento del 20% se calculará sobre el Precio Anual Uniforme (PAU) del gas natural o sobre el precio del gas propano distribuido por redes, según corresponda. La bonificación estará limitada a los consumos base establecidos para el régimen de subsidios focalizados.

Esto significa que el beneficio no se aplicará sobre el total de la factura, sino únicamente sobre el componente correspondiente al consumo de gas contemplado por el esquema. Los cargos de transporte y distribución, junto con los impuestos y otros conceptos incluidos en la liquidación, no quedarán comprendidos en esa base de cálculo.

La identificación de los hogares beneficiarios estará a cargo de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética, que deberá cruzar los datos del registro de subsidios con la ubicación geográfica de cada suministro.

Posteriormente, el padrón de usuarios alcanzados será remitido al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que comunicará la información a las empresas distribuidoras para que apliquen la bonificación correspondiente.

Qué municipios bonaerenses están comprendidos

La distribución territorial utilizada para determinar el acceso al beneficio se basa en las subzonas climáticas de la Norma IRAM 11.603/12. En la provincia de Buenos Aires, los distritos incluidos en la clasificación informada se agrupan en las categorías IIIa, IVc, IVd y V.

Entre los municipios de la subzona IVc, definida como templada fría de transición, figuran Bolívar, Olavarría, Azul, Tandil, Balcarce, Dolores, Chascomús, Cañuelas y Marcos Paz, entre otros.

En la subzona IVd, correspondiente al clima templado frío marítimo, se encuentran General Pueyrredon —Mar del Plata—, Bahía Blanca, Necochea, General Alvarado, Mar Chiquita, Villa Gesell, Pinamar, el Partido de La Costa, General Madariaga y General Lavalle, entre otros distritos.

Por su parte, la subzona IIIa, caracterizada como templada cálida, comprende municipios como San Nicolás, Pergamino, Junín, Chivilcoy, Mercedes, Bragado, 9 de Julio y Trenque Lauquen.

Finalmente, la zona V, identificada como fría, incluye a Puan, Coronel Suárez, Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Salliqueló, Pellegrini, Tres Lomas y Villarino.

En este nuevo escenario, la continuidad del descuento dependerá tanto de la ubicación del suministro como de las condiciones particulares de cada hogar. Para los usuarios de los distritos bonaerenses que perdieron la bonificación general, conocer los requisitos del régimen focalizado será clave para determinar si pueden acceder al subsidio y en qué proporción se reflejará en sus facturas.

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